¿Qué documentación debemos llevar a la notaría a la hora de vender un piso?

¿Qué documentación debemos llevar a la notaría a la hora de vender un piso?

El último paso para vender un piso se produce el día de la firma de la compra de la nueva propiedad en la notaría. En este momento, el vendedor debe presentar toda la documentación relacionada con la vivienda ante notario.

A continuación, vamos a indicar cuál es la documentación necesaria que como vendedores hemos de llevar a notaría para que la firma del traspaso del inmueble pueda realizarse de forma legal, ágil y efectiva.

Toda vez que como vendedores de una propiedad hayamos encontrado una persona interesada que realiza una oferta de compra en firme y que hayamos aceptado, habrá que redactar un contrato de arras o un contrato de reserva de vivienda que deje reflejado las condiciones de ambas partes.

Y, una vez llegados a este punto, habrá que llevar a la notaría la siguiente documentación para cerrar la venta.

– Lo primero que necesitamos presentar en notaría es nuestra escritura de propiedad, se trata del documento acredita que somos los propietarios del piso y que, por tanto, estamos capacitados para venderlo.

Además, tendremos que entregar otros documentos para demostrar que estamos al día con nuestras obligaciones de pago.

– El primero de ellos es el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). La cuantía de este impuesto municipal dependerá del valor catastral del inmueble.

– También debemos aportar el certificado de estar al corriente con los gastos de la comunidad de vecinos. Este documento nos lo puede facilitar el administrador de nuestra comunidad y en el mismo se certificará que estamos al corriente de los gastos de la misma.

  • A su vez, deberemos solicitar al banco un certificado de deudas pendientes con intereses diarios.

– Otra documentación a presentar en notaría el día de la firma es el certificado de eficiencia energética, un certificado obligatorio según el Real Decreto 235/2013.

– Finalmente, también tendremos que presentar nuestro DNI y el de los vendedores.

Toda la documentación debe estar disponible y debidamente  actualizada.

En el momento de la firma, el notario pedirá todos los justificantes de pago de la compraventa, ya que estos deben quedar reflejados en las escrituras.

Por último, una de las recomendaciones es que el día de la firma se lleve el contrato privado a público, ya que de esta manera habrá más respaldo jurídico en caso de que ocurra cualquier incidencia.



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