Acto jurídico por el que se incluye la construcción existente en una propiedad o bien se amplia la descripción por haberse modificado. Consúltanos para la documentación necesaria.
La función esencial del Notario en una declaración de obras consiste en revisar que se cumplen los permisos, licencias, requisitos y autorizaciones pertinentes, y los demás requisitos exigidos por Ley.
Existen dos clases diferentes de declaración de obra nueva, en función de los cambios que se realicen en la propiedad:
OBRA NUEVA TERMINADA
Tal y como indica su nombre, esta situación se da cuando la obra está totalmente acabada. Para ello, dicha finalización deberá quedar plasmada en un acta notarial de fin de obra.
OBRA NUEVA EN CONSTRUCCIÓN
El segundo supuesto se da cuando en un terreno, se está llevando a cabo una construcción o una reforma, que no está aún finalizada.
Si se trata de un constructor o promotor, la declaración de obra nueva es obligatoria. Si se trata de una particular que construye sobre su terreno para su uso personal, deberá hacer la declaración de obra nueva para contratar los suministros y obligatoriamente si quiere vender, alquilar o pedir a un banco un préstamo hipotecario.
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