Acto jurídico por el que se modifica la superficie de una finca por estar la documentación errónea. Consúltanos para la documentación necesaria.
Es un procedimiento del Derecho Urbanístico en el que se rectifica la diferencia superficial de un terreno o finca. Es decir, la diferencia existente entre la medida real y aquella que se exprese en los asientos del Registro de la Propiedad.
En los casos en que no exista concordancia entre la cabida que aparece inscrita en el Registro de la Propiedad y la cabida que realmente tiene una finca, es cuando podemos iniciar un expediente para rectificar la superficie de fincas.
Según la diferencia de metros que exista entre lo inscrito y la realidad hablamos de rectificación por exceso o por defecto.
Si la diferencia de metros supone más de un 10% de la total cabida inscrita en el Registro, será una Rectificación de superficie por defecto de cabida y si por el contrario, la diferencia es menor de un 10% de la total cabida inscrita en el Registro dela Propiedad, será una Rectificación de superficie por exceso de cabida.
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